Andalucía aprueba su nueva ley de voluntariado que regula la participación de menores
El Pleno del Parlamento ha aprobado este miércoles la nueva ley Andaluza de Voluntariado, que sustituye a la anterior de 2001 y que, entre otras cuestiones, regula la participación de los menores a partir de los 12 años, que podrá hacerse efectiva con la autorización expresa de sus progenitores y siempre que no perjudique su desarrollo, formación y escolarización.
Los primeros trabajos de la actualización de esta ley comenzaron hace más de 4 años, impulsados por la Plataforma Andaluza de Voluntariado, que ha recogido las aportaciones de las entidades de voluntariado de Sevilla y toda Andalucía en jornadas y seminarios realizados en 2016. Tras ellos, el trámite parlamentario ha seguido su curso con las aportaciones de agentes sociales y distintas consejerías.
Según informan desde la Plataforma, la Junta de Andalucía ha apoyado en todo momento dicho proceso y el texto final actualiza la realidad de las personas voluntarias legitimando la presencia de menores, las relaciones con la empresa o la universidad, o la presencia de personas con diferentes realidades en la acción
voluntaria entre otras cuestiones. Pone en el centro tanto a la entidad de voluntariado como a la persona voluntaria y regula nuevos derechos y deberes tanto de los voluntarios como de los destinatarios de esa acción.
El Parlamento así reconoce la realidad actual del movimiento voluntario, que con más de 450.000 personas y alrededor de 3.000 asociaciones inscritas se ha convertido en un sector clave para la cohesión social de la comunidad autónoma. De este modo, se reconocen modalidades en auge, no reguladas hasta ahora, como las que se desarrollan en los ámbitos universitario y empresarial, las que se centran en actividades limitadas temporalmente o las que se promueven en entornos virtuales que no requieren la presencia física de los participantes en las entidades.

Antes de la aprobación de la Ley, la consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, que ha agradecido la presencia durante el debate de representantes del movimiento del voluntariado en Andalucía, ha puesto en valor también el trabajo de los grupos políticos para mejorar el texto en la tramitación parlamentaria. Ha indicado que la administración no pretende «gobernar la acción» del voluntariado, sino ser un instrumento de apoyo. Ha indicado que, sin duda, Andalucía va a contar con una «buena ley».
CONTENIDO DE LA NORMA
La norma abarca todo el abanico de la actividad solidaria, hasta reconocer un total de 12 modalidades de voluntariado, desde las centradas en lo asistencial hasta las que desarrollan propuestas más transformadoras de incidencia económica, política, deportiva, cultural o las relacionadas con las tecnologías de la información y comunicación. En esta línea, amplía el ámbito de actuación con la incorporación de empresas, universidades, administraciones públicas e instituciones educativas.
En relación con las personas menores, se prevé como novedad una serie de medidas para fomentar el contacto con iniciativas solidarias tanto en la escuela como en contextos de aprendizaje más informales, como los espacios de participación juvenil, dado que estas experiencias a edad temprana son fundamentales para mantener una actividad voluntaria a lo largo de toda la vida. Por otra parte, la norma incorpora también disposiciones dirigidas a favorecer el acceso de las personas con discapacidad, las mayores y las que están en situación de dependencia.
Respecto a las nuevas modalidades que serán reguladas por primera vez, la ley establece cauces para reforzar los vínculos entre las iniciativas emergentes ciudadanas, como plataformas cívicas o movimientos vecinales, y el movimiento voluntario más organizado. Se reconoce así la importancia que estas actividades presentan como vías de acceso al ámbito de la acción solidaria.
Tratamiento similar reciben en el texto las modalidades telemáticas de participación, de tal modo que el voluntariado digital u 'on line' se reconoce en idénticas condiciones que el resto de actividades de carácter presencial.
Como novedad destacada, la norma impedirá que la acción voluntaria organizada sea causa justificativa de la extinción de contratos de trabajo por cuenta ajena, tanto en el sector público como en el privado.